ARTICULO 161. — Adecuación. Los titulares de licencias de los servicios y registros regulados por esta ley, que a la fecha de su sanción no reúnan o no cumplan los requisitos previstos por la misma, o las personas jurídicas que al momento de entrada en vigencia de esta ley fueran titulares de una cantidad mayor de licencias, o con una composición societaria diferente a la permitida, deberán ajustarse a las disposiciones de la presente en un plazo no mayor a un (1) año desde que la autoridad de aplicación establezca los mecanismos de transición. Vencido dicho plazo serán aplicables las medidas que al incumplimiento —en cada caso— correspondiesen.
Al solo efecto de la adecuación prevista en este artículo, se permitirá la transferencia de licencias. Será aplicable lo dispuesto por el último párrafo del artículo 41.El último párrafo del 41 dice que la realización de transferencias sin la correspondiente y previa aprobación será sancionada con la caducidad de pleno derecho de la licencia adjudicada y será nula de nulidad absoluta.
ARTICULO 45. — Multiplicidad de licencias. A fin de garantizar los principios de diversidad, pluralidad y respeto por lo local se establecen limitaciones a la concentración de licencias.
En tal sentido, una persona de existencia visible o ideal podrá ser titular o tener participación en sociedades titulares de licencias de servicios de radiodifusión, sujeto a los siguientes límites:
1. En el orden nacional:
a) Una (1) licencia de servicios de comunicación audiovisual sobre soporte satelital. La titularidad de una licencia de servicios de comunicación audiovisual satelital por suscripción excluye la posibilidad de ser titular de cualquier otro tipo de licencias de servicios de comunicación audiovisual;
b) Hasta diez (10) licencias de servicios de comunicación audiovisual más la titularidad del registro de una señal de contenidos, cuando se trate de servicios de radiodifusión sonora, de radiodifusión televisiva abierta y de radiodifusión televisiva por suscripción con uso de espectro radioeléctrico;
Estas audiencias no tienen como fin resolver las inquietudes o disputas relacionadas con una estación en particular; lo que se logra mejor a través del proceso de quejas y renovación de licencias descrito anteriormente. Sin embargo se agradece los comentarios de los radioescuchas y televidentes sobre el desempeño de una estación específica con licencia para transmitir en las comunidades del área donde se realiza cada audiencia. Dichos comentarios podrían ayudar a que el LTF identifique más ampliamente cuáles son las tendencias de las transmisiones de radio y televisión en cuanto a los asuntos e interés locales.La Ley de Medios se redactó apuntando al grupo que antes era afín al gobierno y que en 2008 se dio vuelta como una tortilla para ponerse en contra. Fue entonces cuando Clarín perdió los privilegios, los negocios y hasta las primicias y empezó una guerra que luego de la muerte de Néstor Kirchner -el 27 de octubre de 2010- se volvió a matar y a morir. Viene bien recordar que la sancionó un congreso ya ilegitimado por los votos en la elección del 29 de junio de 2009, entre esta elección y el cambio de las mayorías el 10 de diciembre de ese año. Igual la elección presidencial de 2011 le devolvió las mayorías en el Congreso al oficialismo kirchnerista, que podría haber sancionado una ley similar sin mayores contratiempos.
Esta semana la Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó extender la cautelar, pero -ante un pedido de Clarín- admitió que hay denegación de justicia y apuró al tribunal de primera instancia a que resuelva sobre el principal: la inconstitucionalidad de la ley por impedir el cumplimiento de las concesiones concedidas por el mismísimo Néstor Kirchner hasta el año 2015.
La causa principal vuelve entonces a un juez de primera instancia (en este caso el Dr. Horacio Alfonso) que debe resolver en lo posible antes del 7 de diciembre. Si lo hace a favor de Clarín, el estado puede apelar y si resuelve en contra de Clarín, el que apelará es Clarín. No es fácil encontrar una nota equilibrada -y menos completa- sobre estos temas, pero puede leer esta de El Cronista a ver qué le parece.
Entonces el 7 de diciembre no pasará nada. Primero porque es viernes y el plazo vence cuando los tribunales están cerrados. Como el sábado 8 es fiesta y el 9 es domingo, si pasa algo deberá ser el lunes 10.
Pero sea el 7 o el 10, lo que va a pasar con el Grupo Clarín ya pasó. Mire:
Cada día de octubre de 2008 Clarín vendió 376.746 ejemplares y en octubre de 2012 258.985. En el mismo periodo La Nación subió de 155.558 a 163.607 y Diario Popular de 85.744 a 85.773. Son el segundo y tercer diarios de la Argentina y aclaro que octubre de estos dos años tuvo cuatro domingos cada uno. Clarín pagó con 120.000 ejemplares su volatilidad editorial... y sigue para abajo. Todo esto siempre que el IVC diga la verdad y les aseguro que si miente lo hace a favor de Clarín.
El Grupo se quedará sin sus canales de cable (una caja descomunal) que desmembrará entre sus accionistas si es que consigue las licencias: cosa poco probable. Solo puede quedarse con su buque insignia un poco escorado, el diario Clarín, la emisora de TV abierta Canal 13 y la estación de radio AM Mitre entre los grandes. Además no puede producir contenidos a la vez que los distribuye, cosa que hace ahora a costa de parte de la propiedad de cualquier canal que quiera entrar en la grilla de CableVisión (el cable con posición dominante en toda la Argentina). Eso quiere decir, entre otras cosas, que TN, su señal de noticias, irá al canal 874 de los nuevos cables...
Es probable que el gobierno declare de interés público la banda ancha como lo hizo con el papel prensa. Entonces agarrate Catalina.
A Clarín le quedará un juicio monstruoso contra el Estado Nacional que quizá lo gane, pero dentro de unos cuantos años. Y entonces solo cobrará un dinero pero no recuperará los canales.
¿Está bien o mal? Ni bien ni mal. La ley es contra Clarín y eso no está bien porque las leyes son para todos y todos somos iguales ante ellas. Y la justicia es la aplicación del derecho a cada caso particular, por eso la Ley es ciega y la Justicia tiene los ojos bien abiertos. Pero en la Argentina de hoy la justicia es para los amigos (es un viejo principio peronista que no solo se da en la Argentina ni en estos tiempos). Si el gobierno cumple la Ley y se sujeta a los dictados de la Justicia, estará bien. Si no lo hace, estará mal... para Clarín y para todas las empresas de medios de la Argentina.
Pero les recuerdo que el problema de Clarín no es jurídico. Tienen todo el derecho a defenderse por la vía judicial. Lo que no tienen -y siento que se enojen- es autoridad moral para hacerlo. Y el gobierno tampoco tiene autoridad moral para atacar: solo tiene el poder.
¿Está bien o mal? Ni bien ni mal. La ley es contra Clarín y eso no está bien porque las leyes son para todos y todos somos iguales ante ellas. Y la justicia es la aplicación del derecho a cada caso particular, por eso la Ley es ciega y la Justicia tiene los ojos bien abiertos. Pero en la Argentina de hoy la justicia es para los amigos (es un viejo principio peronista que no solo se da en la Argentina ni en estos tiempos). Si el gobierno cumple la Ley y se sujeta a los dictados de la Justicia, estará bien. Si no lo hace, estará mal... para Clarín y para todas las empresas de medios de la Argentina.
Pero les recuerdo que el problema de Clarín no es jurídico. Tienen todo el derecho a defenderse por la vía judicial. Lo que no tienen -y siento que se enojen- es autoridad moral para hacerlo. Y el gobierno tampoco tiene autoridad moral para atacar: solo tiene el poder.